De la comprensión de lo real II
En otro supuesto, para que esto sea
posible, esa extensión de la realidad tendría que ser curva y no plana; lo que
de hecho tiene sentido, al resolver en ello el otro problema del volumen y las
dimensiones físicas. En cualquier caso, debe quedar claro que el concepto de
quantum se refiere a cantidad, ya de suyo medida; mientras que el de partícula
se referiría al de peculiaridad (particularidad), propia de la honda expresada
en esa cantidad.
Por supuesto también, los conceptos
de naturaleza y externalidad serían relativos, en tanto propios nuestros;
permitiendo la comprensión de todo aquello que exceda esta naturaleza, como su
estructura interna (hipóstasis). Eso, como la substancia, se referiría al
conjunto todo de lo real en estado de indeterminación; contrastando con lo
determinado como positivo, en una condición propia de extrapositividad.
De ese modo, la substancia sería a
la vez simple y compleja, dependiendo de la profundidad en que se la comprende;
bien inmediatamente en la determinación del fenómeno físico, o en su indeterminación
metafísica, como estados de suyo superpuestos. En cualquier caso, sería esta la
que en su representación —como funcionalmente contraria a lo positivo—, se
exprese como negativa; no porque sea posible un valor efectivamente negativo —lo
que es un contra sentido—, sino para esta simple representación funcional.
Es aquí donde recurre el término de metafísica, como concepto más eficiente y descriptivo que el de física cuántica; al establecerla como un campo separado, que respondiendo a sus propios parámetros, no distorsiona al objeto con su observación. Mientras, el término de física cuántica plantea este objeto como extensión natural —y propia— de la física; distorsionando su comprensión posible, con su atribución de parámetros propios de la física (positiva), como negativos.
De ahí la necesidad de una
hipermetafísica, una intuición literaria de la misa época del apogeo de la
física cuántica; estribando la diferencia en esa de que la metafísica lidiaría
aún con la determinación de lo físico, en su trascendencia. La hipermetafísica,
contrario a la metafísica —como propiedad de la física— comprendería a los
fenómenos en su excepcionalidad; lo que se referiría —pues era una intuición
literaria propia de su época— a una comprensión especial de estas
determinaciones suyas, pero en sí mismas.
Contrario al hipotético caso de una
hiper macro física, esto sería posible, porque se referiría a una condición
interna; que en tanto propia de lo real en su expresión primera, permitiría
esta comprensión desde su expresión posterior. En ese hipotético caso de una
hiper macro física esto sería imposible, dada la falta de referencias objetivas
últimas para dicha comprensión; permaneciendo siempre en el terreno
especulativo, aún si abierta a un desarrollo posterior, dada la expansión
continua de los instrumentos de conocimiento.
Debe recordarse que, en todo caso,
los problemas para el conocimiento de las cosas son propios de sus
instrumentos; que son los que brindan las referencias objetivas, como
parámetros para dicha comprensión, en su sistematicidad. Téngase por ejemplo
los avances en este sentido de la física cartesiana, a pesar de reproducir los
problemas de la platónica; corregidos ya —en principio— por Aristóteles, pero deficientes
aún por esa falta de especialización que corrigiera Descartes; corregible a su
vez, a partir del uso de estos mismos instrumentos hermenéuticos suyos, con los
parámetros originales de Aristóteles.
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